Para mi horror, esto no era "una broma de abril". Difícil de creer pero cierto, y cito:
"la última novedad en la lucha contra el abuso fiscal es el proyecto de propuesta de Directiva "Unshell" publicado el 22 de diciembre de 2021, que está diseñado para evitar el uso indebido de entidades ficticias con fines fiscales indebidos. La probabilidad de que esta propuesta se convierta en ley, incluso si se modifica, es alta, debido a la presión de la Comisión Europea.
Suponiendo que se alcance un consenso entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE), las nuevas normas entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. La situación de las entidades ficticias se determinará analizando los dos años anteriores. Por consiguiente, 2022 será un periodo relevante si las normas entran en vigor.
Empresas afectadas e impacto
La propuesta establece una lista de criterios para identificar a las "entidades declarantes". Las entidades declarantes se definen como entidades residentes en la UE que obtienen ingresos predominantemente pasivos (o poseen predominantemente determinados tipos de activos), en un contexto transfronterizo, y externalizan la gestión diaria y la toma de decisiones para funciones significativas.
A continuación, todas las entidades declarantes deben demostrar que cumplen determinados requisitos sustanciales mínimos (locales propios, director local exclusivo o suficientes empleados residentes a tiempo completo y cuenta bancaria en la UE). Si no se cumplen los requisitos mínimos de fondo, la Directiva propuesta considerará que la entidad es un "cascarón". Esto supone la pérdida de beneficios (basados en convenios de doble imposición y directivas de la UE) y que la entidad instrumental sea tratada como un "look-through" a efectos fiscales.
Aunque los Estados no pertenecientes a la UE no estarán sujetos al régimen, también se derivarán consecuencias fiscales negativas de la denegación de un certificado de residencia fiscal para la entidad instrumental o de la expedición de uno con una declaración de advertencia sobre la entidad instrumental por parte de las autoridades fiscales de la jurisdicción en la que pretendía ser contribuyente residente. Por ejemplo, los Estados fuente/pagadores de terceros países pueden aplicar impuestos nacionales a los pagos salientes (sin tener en cuenta el convenio para evitar la doble imposición suscrito con el Estado de residencia ficticio). Los datos comunicados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación quedarán cubiertos por el intercambio automático de información y podrán generar solicitudes de auditoría fiscal. ¿Y ahora qué? Los inversores están sometidos a un escrutinio cada vez mayor desde el punto de vista del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Existe presión para ser transparentes y ajustarse a los requisitos de las autoridades reguladoras y fiscales.
El uso de vehículos corporativos es cada vez más difícil. Cada vez son más los inversores que utilizan productos de ahorro a largo plazo para proteger, gestionar y transmitir su patrimonio. Estos productos ofrecen una solución sólida, reconocida y transparente que utiliza las desgravaciones fiscales disponibles. Incluyen bonos de inversión o de reembolso de capital bien regulados o ULIP, que normalmente sólo están sujetos a las normas fiscales del país de residencia del titular de la póliza. El ULIP, en concreto, ofrece flexibilidad en términos de selección de inversiones, protección de activos, privacidad frente a partes que no sean autoridades públicas y evitación de sucesiones. También suele ofrecer ventajas acordes con la intención del legislador, a saber, crecimiento con impuestos diferidos, prestaciones por fallecimiento exentas y tipos impositivos reducidos para los rescates en función de la duración de la póliza. Al migrar de una estructura de holding empresarial a una solución sustitutiva, como el ULIP, los inversores deben tener en cuenta las repercusiones fiscales y decidir si lo establecen antes o después de la disolución del vehículo.
Si esta última se produce antes, el tratamiento fiscal del reparto de sus activos puede variar significativamente, ya que algunos países consideran el producto para el accionista como un dividendo y otros como una ganancia de capital. En algunas jurisdicciones, podría ser posible atribuir los activos en especie al accionista por "fallecimiento" de una empresa sin liquidarlos, generalmente con una base igual a su valor justo de mercado. No obstante, en otros supuestos (por ejemplo, para los residentes fiscales no habituales en Portugal), la solución eficiente sería que la sociedad vendiera sus inversiones y distribuyera dividendos exentos de impuestos al accionista aún durante su "vida", en lugar de que éste genere plusvalías imponibles sobre el producto de la disolución. La inversión en el ULIP sería entonces el último paso.
Conclusión
La Directiva "Unshell" se sumará probablemente a otras herramientas que abordan la planificación fiscal agresiva, a saber, las recientes normas de información obligatoria para los intermediarios, el futuro marco para la fiscalidad de las empresas en la UE (BEFIT) o la8ª Directiva sobre cooperación administrativa en materia de criptoactivos. Los beneficiarios de entidades de riesgo deben revisar rápidamente sus estructuras actuales para evitar graves consecuencias, y los ULIP pueden ser una alternativa viable a las actuales estructuras de gestión del patrimonio".
Este artículo de Utmost Insights pretende orientar a los asesores y a sus clientes sobre la propuesta de Directiva "Unshell", sus consecuencias fiscales y cómo los seguros de vida unit-linked pueden ser la solución.
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Antonio Rosa es el Director Asociado de Blacktower en Lisboa, Portugal, con oficinas en Quinta do Lago y Cascais.
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