Según un comunicado de la AdC, "el Tribunal de Apelación de Lisboa (TRL) confirmó la condena de Super Bock por violación de las normas de competencia, sancionada por la AdC en julio de 2019, así como el importe íntegro de la multa de 24 millones impuesta a la empresa".
La sentencia, del 12 de septiembre, "consideró infundados los recursos presentados por Super Bock y dos responsables de la empresa, contra la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia, Regulación y Supervisión (TCRS) que también había confirmado íntegramente la sanción aplicada por la AdC", señala el regulador.
El TRL afirma que "considerando todas las circunstancias analizadas, nos parece que las multas aplicadas son proporcionadas y adecuadas, teniendo en cuenta la gravedad de la conducta (acuerdo vertical entre empresas, fijando precios, con el objetivo de impedir, restringir o distorsionar significativamente la competencia), el tamaño del mercado afectado (que abarca casi todo el territorio nacional), la larga duración de la infracción (11 años) y las ventajas resultantes para Super Bock", revela la AdC.
Según el regulador, la sentencia también señala que, "a pesar de que los demandantes carecen de infracciones administrativas previas en materia de infracciones de la competencia, en la motivación del recurso destaca el desvalor de la conducta infractora y la autodenuncia de los destinatarios, por lo que la sanción a aplicar es capaz de promover la concienciación, no sólo social y comunitaria, sino también de los propios infractores, disuadiéndoles de cometer nuevos ilícitos, así como de frenar la aparición de cárteles o prácticas similares que restrinjan la competencia por parte de otros operadores, en particular en el mercado de la cerveza, como lesivos de los derechos de los consumidores".