"Los establecimientos de restauración y bebidas podrán definir, como normas internas de funcionamiento, el cobro de una tasa por el uso de vajilla, hielo u otros elementos. Sin embargo, [...] estas normas internas de funcionamiento deberán ser debidamente publicitadas, así como expuestas en un lugar destacado, junto a la entrada de los establecimientos, con el fin de informar convenientemente a los clientes", según la secretaria general de la Asociación de Hostelería, Restauración y Servicios Similares de Portugal(AHRESP), Ana Jacinto, en una respuesta escrita a Lusa.
Según Lusa, ha habido numerosas denuncias de restaurantes que están cobrando por el uso de la vajilla cuando, por ejemplo, en una cena de cumpleaños, los clientes se llevan la tarta y utilizan platos del establecimiento, así como hielo o vasos de agua.
"Está permitido cobrar por el suministro de hielo o vasos de agua, siempre que esta información esté debidamente identificada y definida en la lista de precios del establecimiento, y ésta debe estar disponible cerca de la entrada y en el interior de los establecimientos", según AHRESP.
La asociación también ha recordado que, desde julio de 2021, los establecimientos de hostelería, restauración, cafetería y catering están obligados a mantener a disposición de los clientes un recipiente con agua del grifo y vasos higienizados para su consumo in situ, de forma gratuita o a un coste inferior al del agua envasada puesta a disposición por los establecimientos.
"Si el establecimiento desea cobrar por los vasos de agua, debe hacerlo a un coste inferior al cobrado por el agua envasada que también está disponible para el consumo en el establecimiento", dijo Ana Jacinto, añadiendo que estos valores deben estar debidamente identificados en la factura, en los términos del Código del IVA.