Desde ofrecer vasos de agua hasta cobrar por usar el baño, la guía describe lo que se consideran buenas prácticas.
¿Un vaso de agua gratis?
"Los establecimientos están obligados a poner gratuitamente agua del grifo y vasos no desechables a disposición de los clientes que consuman in situ", reza la guía.
Sin embargo, cabe señalar que el "establecimiento podrá denegar esta prestación, o cobrar por un vaso de agua del grifo, a quien no consuma ningún producto puesto a disposición por el establecimiento".
"Si el suministro de un vaso de agua del grifo implica un servicio por parte del establecimiento, ya se puede cobrar, siempre que esté incluido en la lista de precios".
Cobro por utilizar el baño
Según el mismo documento, "el uso de las instalaciones sanitarias es gratuito para los clientes, pudiendo el establecimiento impedir el acceso a dichas instalaciones o cobrar una tasa por su uso a quienes no sean clientes, siempre que se dé publicidad a esta norma."
Tamaño de las raciones
Se indica que "no existe ninguna norma específica relativa al tamaño de las raciones, cantidad de comida o bebidas servidas".
"Aunque el consumidor pueda quejarse de la cantidad de comida que se le sirve, esta situación no constituye infracción alguna".