Se ha publicado la convocatoria con la relación de profesiones tituladas y actividades económicas reconocidas por ambos organismos a efectos de alta en el nuevo incentivo fiscal a la investigación científica y la innovación (IFICI+), que sustituyó al régimen de residentes no habituales (RNH).

Estas profesiones se suman a las ya incluidas en la ordenanza publicada en diciembre, que regula el alta de beneficiarios en el citado régimen.

Según los avisos del IAPMEI - Agencia para la Competitividad y la Innovación y de la AICEP - Agencia para la Inversión y el Comercio Exterior de Portugal, se consideran cualificados a efectos del incentivo fiscal a la investigación científica y a la innovación los siguientes empleos

  • Director general y director ejecutivo de empresas;
  • Directores de servicios administrativos y comerciales
  • Directores de hoteles, restaurantes y comercios;
  • Especialistas en física, matemáticas, ingeniería y ciencias técnicas afines;
  • Médicos;
  • Profesores universitarios y de enseñanza superior;
  • Expertos en finanzas, contabilidad, tecnologías de la información y la comunicación;
  • Directores;
  • Productores y directores de cine, teatro, televisión y radio afines;
  • Técnicos y profesiones de ciencias e ingeniería, nivel intermedio.

Entre las actividades reconocidas por la AICEP y el IAPMEI como relevantes para la economía nacional se encuentran algunas profesiones relacionadas con el alojamiento, la restauración, la educación, la sanidad, la industria manufacturera o las actividades de información y comunicación, la consultoría, las finanzas o los seguros, entre otras.

Además de la lista de profesiones y actividades, el anuncio indica que "también están cubiertas todas las actividades económicas desarrolladas por proyectos de inversión reconocidos como de Interés Nacional Potencial (PIN) y también por Proyectos de Inversión para el Interior (PII)".

La evaluación de las solicitudes de inscripción de las personas físicas en el IFICI será realizada por la AICEP (para las empresas con un volumen de negocios superior a 75 millones de euros) y por el IAPMEI (volumen de negocios inferior a 75 millones de euros) o cuando continúen su actividad en el ámbito de un proyecto clasificado como PIN o PII.

El régimen fiscal IFICI+ permite a los profesionales amparados tributar a un tipo de IR del 20% sobre los rendimientos del trabajo dependiente e independiente (categorías A y B), incluyendo exenciones sobre otras rentas como las ganancias patrimoniales, por ejemplo.

Para beneficiarse del régimen, los interesados no pueden haber tenido residencia fiscal en Portugal en los cinco años anteriores al registro, ni beneficiarse de NHR o Regressar (para antiguos residentes que regresaron a Portugal).