Según el Ejecutivo comunitario, "Portugal lo trata como vino y aplica incorrectamente un tipo cero a los productos con una graduación alcohólica de entre el 15% y el 18% en volumen y que han sido enriquecidos", subrayando que la legislación de la Unión Europea (UE) "sólo permite la inclusión de estos productos en la categoría de vinos si se producen sin ningún enriquecimiento".
Al mismo tiempo, Bruselas argumenta que Portugal excluye todos los vinos aromatizados de la categoría de vinos, incluso si se cumplen las condiciones establecidas en la legislación de la UE, lo que se traduce en la aplicación de un tipo de impuesto especial más elevado.
En ambos casos, el tratamiento de los citados productos es contrario a la definición de vino que figura en la legislación de la UE sobre impuestos especiales.
Portugal dispone de dos meses para responder satisfactoriamente a las dudas, so pena de que el proceso avance a la segunda fase, con el envío de un dictamen motivado.