La orden, que entra en vigor el 1 de abril, señala que la asignación de médicos de familia a pacientes en espera con la capacidad actual del sector público constituye una de las medidas urgentes del Plan de Emergencia Sanitaria.

"Se hace necesario, por tanto, clarificar los conceptos relativos al acceso y registro en el Servicio Nacional de Salud, especialmente en atención primaria, con el fin de simplificar y gestionar el mismo, con el objetivo de promover la eficiencia y accesibilidad de todos los beneficiarios del SNS", dice la orden firmada por la secretaria de Estado de Gestión Sanitaria, Cristina Vaz Tomé.

En relación con la orden anterior, de 2 de febrero de 2023, la edad de los niños a tener prioridad en la cita de un médico de familia aumentó de dos a 12 años.

Según el diploma, la inscripción en la atención primaria se realiza mediante la inscripción del usuario en el Registro Nacional de Usuarios (RNU), que asigna un número único, nacional y definitivo, denominado número nacional de usuario (NNU).

La inscripción se realiza en una unidad funcional de la respectiva unidad sanitaria local y requiere la inscripción actualizada en el Registro Nacional de Usuarios.

Los usuarios registrados en la atención primaria de salud pueden optar a un equipo de salud familiar, con tres categorías posibles de registro: con equipo, sin equipo o sin equipo por elección.

"Los usuarios que se encuentren sin equipo de salud familiar por elección podrán, en cualquier momento, solicitar su asignación", señala el diploma.

En cuanto a la inscripción del usuario en un médico de familia, la orden señala que se debe procurar integrar las listas de espera en función de las vacantes disponibles del especialista (ratio médico de familia/vacante), para permitir que se cubran todas las vacantes.

"La inscripción del usuario en la lista de médico de familia debe respetar los rangos de lista regulados, y se realiza en función de la disponibilidad de vacantes en las unidades funcionales de la respectiva unidad sanitaria local en la que se inscriban".

También establece que la inscripción de los usuarios se realiza priorizando la inscripción en el domicilio, de forma que queden asociados, preferentemente, al mismo médico de familia.

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, tienen prioridad en la asignación de médico de familia las familias con usuarias embarazadas o con usuarios con multimorbilidad, enfermedad crónica o menores de hasta 12 años", añade.

Según la orden, los residentes extranjeros y los no residentes nacionales y extranjeros, empadronados con médico de familia, sin registro de consulta médica en atención primaria en los últimos cinco años, pasan a tener derecho a la reformulación de la asignación de médico de familia.

También destaca que los contactos esporádicos de los usuarios con una unidad distinta de aquella en la que están empadronados no se tienen en cuenta en la constitución de las listas del médico de familia.

Alrededor de 1,5 millones de personas no tienen médico de familia.