El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los programas que conceden la ciudadanía a grandes inversores -conocidos como "visados de oro"- son ilegales, al considerar que estos "visados de oro" violan la legislación de la UE al transformar la nacionalidad de un Estado miembro en un activo comercializable.
La decisión, que se basa en el programa de ciudadanía por inversión puesto en marcha por Malta en 2020, concluye que este tipo de iniciativas no permiten establecer el vínculo de solidaridad y lealtad que debe existir entre un Estado miembro y sus ciudadanos, ni garantizan la confianza mutua entre los países de la Unión. Por lo tanto, constituyen una violación del principio de cooperación leal.
El TJUE subraya que ningún Estado miembro puede conceder su nacionalidad a cambio de un pago o una inversión financiera predeterminados, ya que ello reduce la ciudadanía a una mera transacción comercial.
Aunque reconoce que los Estados tienen la facultad de definir los criterios de concesión o revocación de la nacionalidad, el Tribunal precisa que esta libertad debe ejercerse de conformidad con el Derecho de la UE.
La sentencia recuerda asimismo que la ciudadanía europea confiere el derecho a la libre circulación en un espacio común de libertad, seguridad y justicia, cuya existencia se basa en la confianza mutua entre los Estados miembros y en el reconocimiento recíproco de sus respectivas decisiones nacionales.
En este sentido, el Tribunal de Justicia insta a cada Estado miembro a abstenerse de adoptar medidas que puedan comprometer los objetivos comunes de la Unión Europea, tal como establece el principio de cooperación leal.