"El caso de Portugal ejemplifica cómo el reconocimiento de una subcategoría de trabajadores independientes puede garantizar una protección social accesible al reequilibrar de forma más justa las cotizaciones sociales entre el trabajador independiente y las entidades contratantes", destaca la organización dirigida por Mathias Cormann.
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes son aquellos cuya actividad está asociada al menos en un 50% a una única entidad contratante, según un informe de ECO. En estos casos, no solo corresponde al trabajador autónomo realizar las retenciones a la Seguridad Social.
Hasta 2019, solo se consideraban entidades contratantes con obligaciones contributivas aquellas que eran responsables de al menos el 80% de los ingresos del trabajo autónomo. Entonces, estas entidades debían tributar un 5% por estos ingresos.
Pero el régimen de los recibos verdes cambió en ese momento. A partir del 50% de actividad, se consideraba que había dependencia económica. "Esta disminución del 80% al 50% aumenta el número de trabajadores que ahora se consideran dependientes y se benefician de la prestación por desempleo", según destacó la entonces secretaria de Estado de la Seguridad Social, Cláudia Joaquim.
Además, también cambiaron los tipos aplicados a las entidades contratantes: pasó al 7% si la entidad es responsable del 50% al 80% de los ingresos del trabajador; o al 10% si la entidad es responsable de más del 80% de los ingresos.
Ahora, en opinión de la OCDE, la creación de esta subcategoría de trabajadores autónomos económicamente dependientes es una "estrategia innovadora" que facilita "eficazmente" la co-contribución social de trabajadores y entidades contratantes, reforzando la cobertura de la protección social ofrecida a estos beneficiarios.